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Fotocatálisis Y DESINFECCIÓN/COVID

Recientemente -y como respuesta a la pandemia COVID-19- se están activando numerosas iniciativas para el estudio de la aportación de la fotocatálisis a la higienización y desinfección de superficies y atmósferas interiores. Estas investigaciones, que en parte heredan otras anteriores en curso sobre la misma materia, se han visto formidablemente propulsadas por las urgencias y necesidades causadas por la pandemia.

Citemos como ejemplo el Proyecto de Investigación que AIF está desarrollando junto la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (SEPAR), o bien el Proyecto de Investigación Internacional SIN-CoV-2, «Destrucción fotoactiva de SARS-CoV-2 del aire interior y superficies», en el que participa la Unidad Fotoair del CIEMAT.

La importancia de esta materia motivó que en la primera edición del Libro Blanco de la Fotocatálisis se decidiera incluir un Apéndice dedicado en exclusiva a este prometedor campo, en las páginas 131 a 135. El lector encontrará también una conveniente bibliografía básica de los estudios y publicaciones científicas más destacadas a fecha de cierre de la primera edición del Libro Blanco (septiembre de 2020).

Animamos, por tanto, a la descarga gratuita y lectura de dichas páginas del Libro Blanco de la Fotocatálisis.

También puede verse a continuación la secuencia en vídeo de la Presentación Institucional del Libro Blanco dedicada a este tema:

Es importante también señalar que, dada la importancia del tema, el Ministerio de Sanidad publicó en noviembre de 2020 una Nota Informativa sobre dispositivos purificadores de aire y otros dispositivos para la desinfección de superficies, en la que podemos leer que «aquellos productos o materiales en los que se hace incidir radiación sobre óxido de titanio, zirconio o algún otro metal, se consideran cubiertos por el artículo 93 del Reglamento de biocidas, ya que lo que hacen es generar radicales hidroxilo, y por tanto se trataría de la sustancia activa “Radicales libre generados a partir de gua o aire ambiente”. Estos dispositivos deben notificarse por la Disposición Transitoria segunda del RD 1054/2002, siguiendo las indicaciones de la NOTA INFORMATIVA RELATIVA A DISPOSITIVOS QUE GENERAN RADICALES LIBRES A PARTIR DE AGUA O AIRE AMBIENTE. Esta generación también puede originarse a partir de radiación UV proveniente de la luz solar, por tanto también en este caso deben notificarse.»

Recuerda que si tienes conocimiento de cualquier investigación, producto o aplicación de naturaleza fotocatalítica sobre la cual quieras obtener más información o validación, puedes contactar con la Asociación Ibérica de la Fotocatálisis.

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